¿Cuál es el plazo para cobrar una licencia médica?

Pago licencia médica - Plazo

¿Cuál es el plazo para cobrar una licencia médica?

Las licencias médicas tienen plazos, y de eso hemos hablado en diferentes oportunidades. El caso del pago no es una excepción. En estricto rigor no se cobran las licencias médicas, sino el subsidio por incapacidad laboral al que puede dar derecho una licencia autorizada desde el punto de vista médico. Así, las licencias tienen un plazo de cobro, que en caso de no cumplirse, impide se cobren posteriormente por prescripción.

Los plazos son muchas veces complicados de aprender, ya que son tantos que muchas personas se confunden. Lo que tienen que saber es que los plazos siempre son bueno, pues gracias a ellos se tiene certeza de lo que puede o debe pasar transcurridos los mismos. Es cierto que para COMPIN y SUSESO parece que los plazos no dan certezas, pues resuelven cuando quieren y de la forma que quieren, pero eso no tendría por qué ser así.

En el caso del derecho al subsidio por incapacidad laboral existen plazos específicos que tienen que conocerse. En el caso de los pagos, se estableció un plazo de prescripción del derecho a cobro del mismo de seis meses, contados desde que la licencia médica se encuentra disponible para pago.

Este último punto es muy importante, pues tanto las Isapres como las Cajas de Compensación han establecido (interpretado) que el derecho a pago se extingue seis meses después del término del reposo establecido en la licencia médica en cuestión, lo que no es así.

¿Cómo deben contabilizarse los seis meses entonces?

Si una licencia médica inicia el reposo el 01 de enero de 2023 y termina el 16 de enero del mismo año, el plazo debe contabilizarse desde que la licencia médica esté autorizada y con derecho al pago de subsidio. Si el 20 de enero queda autorizada y con pago disponible, transcurren seis meses y no se cobra, entonces se puede hablar de prescripción.

Si la licencia en cambio, en el mismo ejemplo, queda rechazada el 20 de enero de 2023, se repuso o reclamo sobre ella y se autorizó el 22 de febrero con derecho a pago, los seis meses deben contabilizarse desde el 22 de febrero, no del 16 de enero de 2023.

¿Qué otro plazo tengo que tener presente para el pago de mi licencia?

Otro de los plazos importantes es el de seis meses para realizar gestiones útiles o reclamos contra las resoluciones que rechazan nuestras licencias médicas. Si bien hay plazos acotados para la realización de cada una de las reclamaciones que tienen que hacerse, existe un vacío en las apelaciones a SUSESO. No existe un plazo establecido, rigiendo para esos casos el general de 5 años (contados a nuestro entender desde el inicio del reposo prescrito por la licencia o del rechazo de la misma).

Si no se realizan gestiones tendientes a que la licencia médica se autorice (no se reclama), podría entenderse que el derecho se encuentra prescrito. No obstante, esta interpretación también induce a error, pues de ser así a los afiliados a Fonasa se les aplicaría dicho plazo, mientras que a las personas que pertenecen a unas Isapre se les otorgaría cinco años (lo que sería discriminatorio).

Imagen de portada cortesía de: Image by vectorjuice on Freepik

2 Comments
  • Tania Carrasco Fuenzalida
    Posted at 04:29h, 02 julio Responder

    Hola , tengo una licencia sin cobrar de marzo del 2021 , en la página del COMPIN me indica que debo acercarme a banco estado a sacar el vale del pago en el totem de autoatención y luego pasar por caja a cobrar. Este pago ya prescribió?agradezco de ante mano su ayuda y orientación

    • admin
      Posted at 14:47h, 06 julio Responder

      Buenas! En estricto rigor debería estar prescrito el cobro, pero hay que revisar algunas cosas antes. Le recomiendo acercarse e intentar cobrar. Luego, si hay problemas, revisar bien para ver si efectivamente hay o no prescripción.

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