Plazo de Compin para resolver licencias de Isapres

Plazo Compin para revisar rechazos de Isapre

Plazo de Compin para resolver licencias de Isapres

Como hemos señalado en diversas ocasiones, todo en el mundo del Derecho tiene plazo. El motivo de ello está en la certeza que se busca obtener cuando se tienen que ejercer o reclamar derechos y obligaciones. En el caso de las licencias médicas, cuando se está afiliado a una Isapre y se tiene que recurrir a COMPIN con un reclamo contra resolución de Isapre, Compin tiene plazo para resolver y solicitar informe a la Isapre ¿qué pasa si se exceden esos plazos?

El incumplimiento de los plazos establecidos por ley genera consecuencias, algunas veces produce la autorización de una licencia médica, en otros el apercibimiento para que se cumpla con lo ordenado en el más breve plazo. Sin embargo, cualquiera sea el caso, cuando se incumple un plazo siempre hay una consecuencia. En este caso, si se incumple el plazo por parte de Compin, la consecuencia es el apercibimiento para que resuelva en el más breve plazo, dependiendo del caso, se puede solicitar la autorización atendida la falta de antecedentes – al no haberlos recabado antes para fundar la resolución.

Cuando se reclama una licencia rechazada previamente por la Isapre, Compin dispone de 10 días hábiles para pronunciarse sobre el reclamo interpuesto. Antes del pronunciamiento tiene que requerir informe de la Isapre, el que debe ser remitido en un plazo máximo de 3 días hábiles. Transcurrido ese plazo, COMPIN tiene la obligación de pronunciarse prescindiendo del mentado informe.

¿Que pasa si no se cumple con la normativa? Si el incumplimiento es de la Isapre, Compin tiene que resolver. Si no tiene antecedentes más que los aportados por el trabajador, no podría entonces corroborar lo señalado por la Isapre que rechazó, salvo el caso de un error evidente por parte del tratante o de una falta evidente de motivación para prescribir reposo. En este caso, se tendría que autorizar.

Si es Compin quien no cumple con los plazos (10 días hábiles), lo que toca hacer es apercibirlos con una presentación para que se ciña por los plazos reglamentarios. Aquí la sanción no es que autorice, sino que apresure su resolución por encontrarse vencidos los plazos reglamentarios – que no son fatales en este caso, por lo que no inhabilitan a COMPIN de resolver posteriormente, como sí ocurre con el plazo de visación de una licencia médica del que hablamos en otro artículo.

Si tienen este problema, aperciban con un escrito o carta a COMPIN reclamando el incumplimiento de plazo. De lo contrario, hagan la denuncia en SUSESO directamente contra COMPIN.

Imagen de portada cortesía de: Image by storyset on Freepik

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