Licencias médicas y trámite de pensión de invalidez

Licencia médica e Invalidez

Licencias médicas y trámite de pensión de invalidez

Aquellas personas que sufran de una patología crónica, y estén con licencia médica, se les recomienda iniciar un trámite de invalidez para que se constate si la patología que motiva el reposo es o no crónica y, en caso de serlo, que se evalúe el grado de menoscabo que les genera. No obstante, iniciar el trámite no impide que se siga con licencia médica, por eso es recomendable informarse sobre lo que implica este trámite.

El trámite de pensión de invalidez consiste en una evaluación que hace la Comisión Médica dependiente de la Superintendencia de Pensiones, donde se analiza si corresponde o no otorgar una pensión que compense el menoscabo en la salud que ha sufrido una persona y que le impide trabajar o realizar ciertas actividades. La idea del artículo no es entrar en detalles más técnicos, pero lo importante es establecer que el objetivo es analizar si la patología es de curso crónico y, de serlo, en qué porcentaje menoscaba la vida del trabajador.

¿Se puede estar con licencia médica mientras se está con una trámite de invalidez?

La respuesta es sí. En muchas ocasiones un trabajador comienza con problemas para hacer ciertas cosas, luego dichas dificultades se agravan e inician un tratamiento médico que motiva el uso de licencias médicas. Cuando los tratamientos no evidencian una mejoría en la salud y la reincorporación se vuelve inviable, siempre se analiza la posibilidad de un curso crónico.

El problema está en que no toda patología se debe considerar “crónica” o “irrecuperable” por el solo hecho de ser de difícil remisión.

En muchas ocasiones, la falta de tratamientos, cambios farmacológicos, especialistas y hasta cirugías, hacen que una enfermedad “parezca” irrecuperable, cuando en realidad solo ha tenido una evolución lenta.

Cuando se inicia el trámite de pensión de invalidez, generalmente, se está con licencia médica. En esos casos existe normativa expresa que ordena autorizar las licencias médicas en ciertos casos, por lo que no es incompatible un trámite con otro.

¿Se puede cobrar subsidio por incapacidad laboral y pensión de invalidez?

Esta es una pregunta que muchas veces se hace, y su respuesta no es sencilla. En principio no se puede. La ley establece que los subsidios a que dan lugar las licencias médicas y la pensión a que da lugar el dictamen de invalidez no son compatibles. Sin embargo, dependiendo del caso, podrían serlo perfectamente.

El problema no está en lo que diga la ley, pues se trata de un tema médico. El punto está en analizar por qué son incompatibles ambos beneficios de la Seguridad Social.

Las licencias médicas buscan permitirle al trabajador ausentarse justificadamente del trabajo sin perder su derecho a la remuneración, la que se ve reemplazada por el subsidio correspondiente. En la pensión de invalidez lo que se compensa es la incapacidad de trabajar dada la invalidez que se sufre. Entonces ¿en qué caso podrían ser compatibles? Cuando la licencia médica viene motivada por una patología distinta a la que que originó la invalidez. Si es la misma patología, tiene que tratarse de un agravamiento “recuperable” de la patología por la que se está con licencia médica. El caso típico es el de las personas que deben hacerse diálisis.

Por tanto, si estás con licencia médica e iniciaste el trámite de invalidez, no te preocupes, no tendrías por qué enfrentar problemas.

Imagen de portada cortesía de: Image by vector4stock on Freepik

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