Licencias médicas y trámite de pensión de invalidez

Licencia médica e Invalidez

Licencias médicas y trámite de pensión de invalidez

Aquellas personas que sufran de una patología crónica, y estén con licencia médica, se les recomienda iniciar un trámite de invalidez para que se constate si la patología que motiva el reposo es o no crónica y, en caso de serlo, que se evalúe el grado de menoscabo que les genera. No obstante, iniciar el trámite no impide que se siga con licencia médica, por eso es recomendable informarse sobre lo que implica este trámite.

El trámite de pensión de invalidez consiste en una evaluación que hace la Comisión Médica dependiente de la Superintendencia de Pensiones, donde se analiza si corresponde o no otorgar una pensión que compense el menoscabo en la salud que ha sufrido una persona y que le impide trabajar o realizar ciertas actividades. La idea del artículo no es entrar en detalles más técnicos, pero lo importante es establecer que el objetivo es analizar si la patología es de curso crónico y, de serlo, en qué porcentaje menoscaba la vida del trabajador.

¿Se puede estar con licencia médica mientras se está con una trámite de invalidez?

La respuesta es sí. En muchas ocasiones un trabajador comienza con problemas para hacer ciertas cosas, luego dichas dificultades se agravan e inician un tratamiento médico que motiva el uso de licencias médicas. Cuando los tratamientos no evidencian una mejoría en la salud y la reincorporación se vuelve inviable, siempre se analiza la posibilidad de un curso crónico.

El problema está en que no toda patología se debe considerar “crónica” o “irrecuperable” por el solo hecho de ser de difícil remisión.

En muchas ocasiones, la falta de tratamientos, cambios farmacológicos, especialistas y hasta cirugías, hacen que una enfermedad “parezca” irrecuperable, cuando en realidad solo ha tenido una evolución lenta.

Cuando se inicia el trámite de pensión de invalidez, generalmente, se está con licencia médica. En esos casos existe normativa expresa que ordena autorizar las licencias médicas en ciertos casos, por lo que no es incompatible un trámite con otro.

¿Se puede cobrar subsidio por incapacidad laboral y pensión de invalidez?

Esta es una pregunta que muchas veces se hace, y su respuesta no es sencilla. En principio no se puede. La ley establece que los subsidios a que dan lugar las licencias médicas y la pensión a que da lugar el dictamen de invalidez no son compatibles. Sin embargo, dependiendo del caso, podrían serlo perfectamente.

El problema no está en lo que diga la ley, pues se trata de un tema médico. El punto está en analizar por qué son incompatibles ambos beneficios de la Seguridad Social.

Las licencias médicas buscan permitirle al trabajador ausentarse justificadamente del trabajo sin perder su derecho a la remuneración, la que se ve reemplazada por el subsidio correspondiente. En la pensión de invalidez lo que se compensa es la incapacidad de trabajar dada la invalidez que se sufre. Entonces ¿en qué caso podrían ser compatibles? Cuando la licencia médica viene motivada por una patología distinta a la que que originó la invalidez. Si es la misma patología, tiene que tratarse de un agravamiento “recuperable” de la patología por la que se está con licencia médica. El caso típico es el de las personas que deben hacerse diálisis.

Por tanto, si estás con licencia médica e iniciaste el trámite de invalidez, no te preocupes, no tendrías por qué enfrentar problemas.

Imagen de portada cortesía de: Image by vector4stock on Freepik

5 Comments
  • alma fernandez
    Posted at 02:04h, 13 agosto

    Las licencias médicas buscan permitirle al trabajador ausentarse justificadamente del trabajo sin perder su derecho a la remuneración, la que se ve reemplazada por el subsidio correspondiente. En la pensión de invalidez lo que se compensa es la incapacidad de trabajar dada la invalidez que se sufre. Entonces ¿en qué caso podrían ser compatibles? Cuando la licencia médica viene motivada por una patología distinta a la que que originó la invalidez. Si es la misma patología, tiene que tratarse de un agravamiento “recuperable” de la patología por la que se está con licencia médica. El caso típico es el de las personas que deben hacerse diálisis.

    consulta , con respecto a este punto.. ¿Cuál seria un agravamiento recuperable de la patología de los pacientes que se dializan?

  • alma fernandez
    Posted at 21:29h, 10 diciembre

    actualmente estoy con licencia y jubilada por invalidez, la jubilacion por invalidez es por insuficiencia renal cronica y la licencia es por salud mental (psiquiatria), despues de autorizar las ultimas 4 licencias de salud mental , me retienen la ultima , solicitando informe medico y fecha de reintegro laboral.. legalmente no se si esto es asi, ya que tenia entendido que si el subsidio por incapacidad era por un motivo distinto al cual me pensione , no tendria problemas.. me dicen en compin que por le hecho de haberme «pensionado» se terminan las licencias por este motivo, teniendo que volver al trabajo , hablar con mi empleador para irme o trabajar unos seis meses y luego ahi si poder irme con licencia por otro motivo… se entiende que las patologias no se eligen, tambien entiendo que teniendo una invalidez con 2/3 de igual manera tengo derecho a trabajar , y si tengo derecho a trabajar , me puedo enfermar y hacer uso del subsidio de incapacidad , mi consulta es si realmente esto es asi, no me siento en condiciones de volver aun mentalmente al trabajo , pero independiente de que me jubile , la idea de mantener un trabajo es volver cuando me recupere , y mantenerme activa (recuperarme de mi enfermedad de sakud mental , no de mi enfermedad cronica se entiende que eso es cronico)

  • alma fernandez
    Posted at 21:29h, 10 diciembre

    actualmente estoy con licencia y jubilada por invalidez, la jubilacion por invalidez es por insuficiencia renal cronica y la licencia es por salud mental (psiquiatria), despues de autorizar las ultimas 4 licencias de salud mental , me retienen la ultima , solicitando informe medico y fecha de reintegro laboral.. legalmente no se si esto es asi, ya que tenia entendido que si el subsidio por incapacidad era por un motivo distinto al cual me pensione , no tendria problemas.. me dicen en compin que por le hecho de haberme «pensionado» se terminan las licencias por este motivo, teniendo que volver al trabajo , hablar con mi empleador para irme o trabajar unos seis meses y luego ahi si poder irme con licencia por otro motivo… se entiende que las patologias no se eligen, tambien entiendo que teniendo una invalidez con 2/3 de igual manera tengo derecho a trabajar , y si tengo derecho a trabajar , me puedo enfermar y hacer uso del subsidio de incapacidad , mi consulta es si realmente esto es asi, no me siento en condiciones de volver aun mentalmente al trabajo , pero independiente de que me jubile , la idea de mantener un trabajo es volver cuando me recupere , y mantenerme activa (recuperarme de mi enfermedad de sakud mental , no de mi enfermedad cronica se entiende que eso es cronico)

  • rafael contreras leal
    Posted at 03:26h, 11 marzo

    es posible apelar una licencia que fue rechazada en febrero del 2023. Era la segunda licencia continuada por 30 dias, presente informe medico, pero fue rechazada en compin y me enviaron a la susesso

  • Roxana caris bravo
    Posted at 19:03h, 21 marzo

    Hola nesesito que me puedan ayudar llevo 5licencias rechazadas y apele y nada