Informes complementarios para Isapres y Compin

Informes Médicos Complementarios

Informes complementarios para Isapres y Compin

Los informes médicos complementarios son aquellos que tanto las Isapres como Compin pueden solicitar cuando el diagnóstico consignado en una licencia médica no ha dejado del todo claro las razones por las que se ha prescrito reposo médico. Debe tenerse presente que el reposo se considera parte del tratamiento, por lo que debe ser acreditado de la misma forma en que se funda la prescripción de medicamentos o terapias.

Generalmente las Isapres no piden informes complementarios. Lo que ocurre en estos casos es que las licencias se rechazan derechamente y se deja a la instancia que sigue (Compin), la solicitud de nuevos antecedentes. En estricto rigor, cuando se es Isapre y se interpone un reclamo en Compin contra el rechazo de la Isapre, Compin no pide antecedentes, sin que obliga al trabajador a que los adjunte al momento de solicitar la revisión del caso. Esta circunstancia es legal, pero no del todo si se piensa que en la mayoría de los casos se renuncia al deber de fiscalizar la correspondencia del reposo directamente y no a expensas del trabajador.

En el caso de las personas afiliadas a Fonasa, lo primero que hacen en Compin cuando se les rechaza una licencia médica es presentar un recurso de reposición, y para ello adjuntan nuevos antecedentes. En algunos casos, Compin pide en medio de la revisión de antecedentes que se adjunte un nuevo informe médico y suspende la revisión del caso (con todo lo que significa esa demora en la revisión de la licencia médica), para que el trabajador adjunte nuevos antecedentes, lo que no es del todo legal.

Jurídicamente hablando, la obligación de solicitar antecedentes o informes complementarios para pronunciarse sobre la correspondencia de un reposo descansa en el órgano contralor, quien en todos los casos siempre deberá pedirlo directamente a las entidades y profesionales que correspondan, nunca al trabajador acogido a licencia médica. Las razones de esto son evidentes, si se está con reposo médico, no se debería interrumpir el reposo para pedir informes médicos. Por otra parte, tampoco se tienen conocimientos médicos, por lo que más allá de pedir la elaboración de un informe, no se le podrá informar al tratante cuáles son las duda que tiene la contraloría médica respecto del reposo prescrito.

Cuando la Isapre o Compin solicita los antecedentes, se le puede pedir al tratante que emita un informe respecto de ciertos y determinados aspectos que quizás no han quedado claros en informes anteriores. Si se aporta un nuevo antecedente sin saber qué debía acreditarse, podría decirse que la media no cumple con el objetivo propuesto por el legislador, cual es el de dar claridad al órgano fiscalizador respecto de la necesidad de reposo del trabajador.

Esta falta de acuciosidad en la revisión de las licencias médicas ha hecho que muchas personas vean sus reposos rechazados injustamente, donde a veces se han adjuntado innumerables documentos sin que siquiera sean ponderados o referidos en la resoluciones de rechazo.

Si leíste este artículo, te pareció interesante y tienes problemas con tus licencias médicas, no dudes en escribirnos.

Imagen de portada cortesía de: Image by studiogstock on Freepik

2 Comments
  • Alejandra
    Posted at 13:50h, 07 junio Responder

    Necesito un informe complementario

    • admin
      Posted at 14:49h, 06 julio Responder

      Buen día! Tiene que pedirlo a su tratante o a quienes le realizan la terapia complementaria – depende del diagnóstico.

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